Documento, conocido como O/E, ampara la carga de exportación, dando fe de todas las formalidades de tipo legal entre el embarcador y consignatario, requisitos para realizar el embarque de la misma. El armador o su representante dejan constancia de que la carga ha sido embarcada, o dan fe de que esta cuenta con espacio para ser embarcada de acuerdo a lo indicado en el documento. Llevando la firma y timbre de ellos.
Luego de recepcionada la factura comercial, las instrucciones sobre el embarque y otros documentos que haya sido solicitado por el importador, el agente aduanero o despachador oficial procede a tramitar a orden de embarque ante la autoridad aduanera , solicitando la numeración de la orden de embarque y de la Declaración Aduanera de Mercancías.
Mediante este documento se solicita al a Intendencia de Aduana la exportación definitiva. Con la orden de embarque, Aduanas autoriza el embarque de la mercancía en un solo vehículo. Sin embargo puede efectuarse en diferentes vehículos, pero del mismo tipo. [1]
NUMERACIÓN DE LA ORDEN DE EMBARQUE[2]
1. El Despachador de Aduana transmite por vía electrónica a la Aduana de despacho, la información contenida en la Orden de Embarque, utilizando la clave electrónica que le ha sido asignada, la misma que reemplaza a la firma manuscrita.
2. EL SIGAD valida los datos de la información transmitida por el Despachador de Aduana, así como los datos relativos al número del contribuyente: Registro Único del Contribuyente (RUC), nombre o denominación social del exportador, los cuales se consignan exactamente de acuerdo a su inscripción en la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria. De ser conforme genera automáticamente el número correspondiente de la Orden de Embarque; caso contrario, se le comunica inmediatamente por el mismo medio para las correcciones pertinentes.
3. La conformidad otorgada por el SIGAD mediante el número generado, es transmitida por el mismo medio al Despachador de Aduana, quien procede a imprimir la Orden de Embarque para su presentación en zona primaria, conjuntamente o una vez ingresada la mercancía.
4. Conjuntamente con el número de la Orden de Embarque asignado por el SIGAD, el Despachador de Aduana por la misma vía es notificado para que dentro del plazo de quince (15) días hábiles computados a partir del término del último embarque, presente a satisfacción de ADUANAS la Declaración Única de Aduanas y la documentación sustentatoria pertinente.
Se presenta el documento en original y cuatro copias a Aduanas, una vez que se ha obtenido la numeración respectiva. Dicho documento debe ser extendido por el agente de aduanas o despachador oficial. La distribución del documento es el siguiente:[3]
En los casos de que el tramite sea efectuado por el agente de aduanas:
- Original: color celeste (agente de aduana)
- 1 era copia: color rosado (aérea de exportaciones)
En los casos de que el tramite no sea efectuado por el agente de aduanas:
- Original: color celeste (aduana de despacho)
- 1era copia: color rosado (área de exportaciones)
En todos los casos:
- 2da copia: color verde (terminal de almacenamiento
- 3era copia: color naranja (exportador)
- 4ta copia: color amarillo (área de regímenes no definitivos o puestos de control en aduanas de frontera.
CONTENIDO:
- Nombre y código de la aduana.
- Nombre y dirección del exportador.
- Registro de la aduana.
- Declaración de mercancías: cantidad de bultos, cantidad de unidades físicas, peso neto en kilos, peso bruto en kilos, etc.
- Autorizaciones de ingreso al almacén y a la compañía transportadora.
- Nombre del declarante
- Controles de exportación en tránsito.
- Aduana de salida, etc.
COMO LLENAR ADECUADAMENTE UN ORDEN DE EMBARQUE
MODELO DE UNA ORDEN DE EMBARQUE
Fuente: Actualidad Empresarial Nº 94: Área de Comercio Exterior. CPC Jodè Luis Garcia Quispe.
[1]Oscar Malca,” Comercio Internacional”. Segunda Edición. Pag211.
[2]Ley Orgánica y Estatuto de la Superintendencia Nacional de Aduanas.
[3]Oscar Malca,” Comercio Internacional”. Segunda Edición. Pag288.