Ley General de Sociedades :Publicaciones

De acuerdo a la Ley General de Sociedades, las publicaciones deberán ser realizadas en el periódico del lugar de domicilio de la sociedad encargado de la inserción de los avisos judiciales. Las sociedades con domicilio en Lima y Callao deberán hacer la publicaciones cuando menos en el Diario oficial el peruano y en uno de los diarios de mayor circulación de Lima y callao, según sea el caso.

Las publicaciones a que se refiere esta ley serán hechas en el periódico del lugar del domicilio de la sociedad encargado de la inserción de los avisos judiciales.

Las sociedades con domicilio en las provincias de Lima y Callao harán las publicaciones cuando menos en el Diario Oficial El Peruano y en uno de los diarios de mayor circulación de Lima o del Callao, según sea el caso.

La falta de la publicación, dentro del plazo exigido por la ley, de los avisos sobre determinados acuerdos societarios en protección de los derechos de los socios o de terceros,  prorroga los plazos que la ley confiere a éstos para el ejercicio de sus derechos, hasta que se cumpla con realizar la publicación.

Ley General de Sociedades :Publicaciones

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Fuente : Normativa empresarial, diario Gestión.

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