Derecho Laboral para Empresas

Derecho Laboral para Empresas

El derecho Laboral tiene como finalidad regular la relación empleador -trabajador, esta relación está bajo la supervisión del estado, defendiendo al que se presume ser el más débil (trabajador), pues el mayor poder económico del empleador le permite imponer sus condiciones y de cierto modo puede poner fuerza para explotarlo laboralmente.

A través de estas regulaciones se procura dar una virtud de equilibro a esta relación y a su vez limitar el poder del empleador, teniendo siempre como base que el trabajo es un derecho fundamental de las personas y constituye el motor del bienestar económico de la sociedad, por ello es necesario que el estado este en salvaguarda del trabajador.

El Derecho del Trabajo surge como consecuencia de los conflictos de intereses que se originan en las organizaciones.

Su finalidad es de resolver las controversias que en ellas se produzcan entre los trabajadores y los empleadores.

SUJETOS DEL DERECHO LABORAL

EL EMPLEADOR

EL TRABAJADOR

EL ORGANISMO REGULADOR

Persona que se constituye en organización que requiere de personas para la producción de bienes o servicios.

Persona natural que vende su fuerza de trabajo  a un empleador por una remuneración.

Lo constituye el Estado a través del Ministerio respectivo, el Poder Judicial y además por organismos supranacionales.

PRINCIPIOS EN EL DERECHO LABORAL

IRRENUNCIABILIDAD: Supone que el trabajador no puede abandonar los derechos laborales que la ley le otorga.

Por ello: Todo abandono de derechos laborales es nulo. Es decir todo pacto en contrario es nulo, porque el estado supone que es un acto de mala fe por parte del empleador, y realmente puede serlo. Ejemplo: Supongamos que un empresario quiere contratar a un empleado, este último le es necesario trabajar, pero el empleador le dice te daré trabajo y firmaras el contrato por un año renunciando a tus vacaciones y tu Cts., el trabajador por la necesidad de trabajar puede aceptar. Lo que busca la normatividad en este caso es este aprovechamiento del empleador. PRO OPERARIO

  • In dubio Pro-operario: Si la norma es ambigua o imprecisa, se resuelve a favor del trabajador.
  • Norma más favorable: Ante la coexistencia de varias normas sobre un mismo asunto se aplica la más favorable al trabajador.
  • Condición más beneficiosa: Ante la sucesión de normas similares se aplica la que más proteja al trabajador, aún si ésta está derogada.

IGUALDAD DE TRATO:Busca proteger a los trabajadores más débiles (Discapacitados, embarazadas, etc.).No se acepta la discriminación de ningún tipo. CONTINUIDAD: Busca garantizar que el trabajador mantenga su trabajo y que la relación laboral esté garantizada en el tiempo. Es importante este punto, puesto que un trabajador no podrá trabajar eficientemente y proyectarse en la vida ya que no cuenta con un tiempo definido el cual trabajaría, por ejemplo que pasaría si te contratan hoy ,pero no tienes la certeza de cuánto tiempo estarás trabajando, entonces no podrías planificar por ejemplo para comprarte un auto o una casa, este principio da entender que desde el punto de vista legal pasando cierto tiempo en el trabajo, tienes el derecho a la continuidad, que no es más que tener seguridad en tu trabajo a lo largo del tiempo.

CONTRATO DE TRABAJO

Un contrato es un acuerdo verbal o escrito que crea, modifica, regula o extingue relaciones jurídicas entre las personas, teniendo como características que este acto es ejecutado con un propósito posible, está dentro del marco de la ley, además es considerado como una manifestación de la voluntad.

Siguiendo el mismo orden de ideas, se puede decir que el contrato de trabajo es, por tanto, un acuerdo entre el empleador y el trabajador, con lo cual se crea la relación laboral, por lo que el trabajador opera bajo la dirección y control de empleador, a cambio de una remuneración. Tenemos que tener en cuenta que no todo acuerdo por el que una persona trabaja a favor de otra es un contrato de trabajo, para ello debe reunir ciertas características que las llamaremos “elementos indispensables del contrato de trabajo”.

ELEMENTOS ESENCIALES DE LA RELACIÓN LABORAL

Los elementos esenciales de la relación laboral son la prestación personal de servicios por parte del trabajador; la subordinación del trabajador a la dirección y control del empleador; y la remuneración, pagada al trabajador por sus servicios subordinados. Se les llama “esenciales o indispensables “porque deben confluir necesariamente en una prestación de servicios para que califique como laboral.

ELEMENTOS ESENCIALES DE LA RELACIÓN LABORAL

PRESTACIÓN PERSONAL DE SERVICIOS                          REMUNERACIÓN.SUBORDINACIÓN         
Se entiende este, como el trabajo que el trabajador realiza a favor del empleador, esta es de carácter  personal, lo que implica que el trabajo debe ser realizado única y exclusivamente por este, ya que al empleador le interesa contratar  a determinado trabajador para poder dirigir y controlar su trabajo. Si el empleador decide contratar a un sustituto del trabajador (por ejemplo, si este cesa) o a un  colaborador para el mismo, se iniciará una nueva y distinta relación laboral con ellos.Todo trabajo realizado libremente a favor de un tercero, supone un pago  a cambio del mismo. En la relación laboral, dicho pago es llamado “remuneración”. Para que se configure la presencia de la remuneración, no es necesario que esta se haga efectiva, basta con que quien contrata el servicio se encuentre obligado a remunéralo.

La remuneración no se agota en su carácter contraprestativo, pues, por mandato legal, en algunos supuestos en los que no hay prestación efectiva de servicios, el trabajador tiene derecho a una remuneración, como en el caso de las vacaciones.                                                 

La subordinación supone que, por el contrato de trabajo, el trabajador sujeta  su labor a la dirección y supervisión del empleador.

Esta característica es  exclusiva de la relación laboral.

Sin embargo este último punto es relativo, porque muchas veces depende de su calificación técnica, por su posición jerárquica  en la estructura de la organización, o por prestar servicios fuera del centro de trabajo, no están sujetos a una dirección y control intenso o perceptible, ello no quiere decir que el empleador no tenga la facultad  de dirigir  y controlar su trabajo.  

Nota:

  • La remuneración se paga en función del tiempo que el trabajador esta a disipación  del empleador: día, semana, quincena, mes.
  • Se pagara en dinero o en su defecto, en bienes de consumo o de fácil comercialización.
  • La remuneración no puede ser menor que la mínima regulada por la Ley (en el Perú  S/. 750.00 Nuevo soles).

Fuente: Diario Gestión /Derecho Laboral para Empresas.


DERECHO LABORAL PARA EMPRESAS

El Derecho Laboral tiene como finalidad regular la relación entre empleador y trabajador, por la que el segundo ofrece su trabajo al primero a cambio de una retribución; una relación que se considera desigual a pesar de la igualdad jurídica entre empleador y trabajador, pues el mayor poder económico del empleador le permite imponer sus condiciones.

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